Aquellos extranjeros no residentes en la UE que pretendan realizar una vista de menos de 90 días, que requiera de la obtención de un visado de tipo Schengen, o aquellos que pretendan residir en España sin lucrar, podrán solicitar un visado y/o autorización de residencia:
✓ Visados de Entrada (Espacio Schengen)
✓ Autorizaciones de Residencias No Lucrativas
Aquellos ciudadanos de la Unión Europea, y sus familiares, cónyuges, parejas e hijos, y otros que acrediten que conviven a cargo, que deseen residir en España, habrán de obtener:
✓ Certificados de Residente de la U.E
✓ Residencias de familiar Comunitario por la reagrupación familiar
LEGAL∑XPATRIAT
IMMIGRATION & BUSINESS SERVICES
Residencia y registro sin pretensión de trabajar:
Residencia y Trabajo:
Aquellos extranjeros no residentes en la UE que pretendan trabajar en España por cuenta de un tercero, habrán de venir provistos de un visado que les permita residir en España:
✓ Residencias Iniciales de trabajo por cuenta ajena incluyendo las de directivos y personal con puestos de confianza
✓ Residencias Iniciales de trabajo desarrolladas en la Ley 14/2013 de apoyo al emprendimiento e internacionalidad de las empresas de Profesionales Altamente Cualificados, Graduados y Desplazados Intragrupo y sus acompañantes familiares. A estos, la empresa que los contrata o los recibe en España, se les permite solicitar directamente Autorización de residencia directamente estando trabajador en España en situación legal.
SERVICIO
- Visado y Autorizaciones de Residencias No Lucrativas
- Certificados de Registro de Residente de la U.E
- Autorización de residencia inicial de familiar de ciudadano Comunitario
- Autorizaciones de residencia por arraigo familiar, hijos de españoles de origen