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IMMIGRATION & BUSINESS SERVICES

Residencia y registro sin pretensión de trabajar:

Aquellos extranjeros no residentes en la UE que pretendan realizar una vista de menos de 90 días, que requiera de la obtención de un visado de tipo Schengen, o aquellos que pretendan residir en España sin lucrar, podrán solicitar un visado y/o autorización de residencia:
✓ Visados de Entrada (Espacio Schengen)
✓ Autorizaciones de Residencias No Lucrativas
Aquellos ciudadanos de la Unión Europea, y sus familiares, cónyuges, parejas e hijos, y otros que acrediten que conviven a cargo, que deseen residir en España, habrán de obtener:
✓ Certificados de Residente de la U.E
✓ Residencias de familiar Comunitario por la reagrupación familiar

Residencia y Trabajo:

Aquellos extranjeros no residentes en la UE que pretendan trabajar en España por cuenta de un tercero, habrán de venir provistos de un visado que les permita residir en España:
✓ Residencias Iniciales de trabajo por cuenta ajena incluyendo las de directivos y personal con puestos de confianza
✓ Residencias Iniciales de trabajo desarrolladas en la Ley 14/2013 de apoyo al emprendimiento e internacionalidad de las empresas de Profesionales Altamente Cualificados, Graduados y Desplazados Intragrupo y sus acompañantes familiares. A estos, la empresa que los contrata o los recibe en España, se les permite solicitar directamente Autorización de residencia directamente estando trabajador en España en situación legal.

SERVICIO

  1. Visado y Autorizaciones de Residencias No Lucrativas
  2. Certificados de Registro de Residente de la U.E
  3. Autorización de residencia inicial de familiar de ciudadano Comunitario
  4. Autorizaciones de residencia por arraigo familiar, hijos de españoles de origen